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CÓMO DECLARAR LA DEVOLUCIÓN DE UNA CLÁUSULA SUELO

CÓMO DECLARAR LA DEVOLUCIÓN DE UNA CLÁUSULA SUELO

Escrito el ABR / 2018 a la categoría General

La Agencia Tributaria aboga por la no declaración de las cantidades percibidas en concepto de los intereses satisfechos indebidamente a consecuencia de la aplicación de una clausula suelo independientemente de si la devolución nace de un acuerdo entre las partes o a expensas de una sentencia judicial. Lo mismo sucede con los intereses indemnizatorios satisfechos por el banco cuyo origen es la aplicación abusiva de un tipo mínimo salvo que la entidad bancaria hubiere sido condenada a abonar las costas del proceso judicial; en este último caso, el hipotecado deberá incluirla en su declaración de la renta como ganancia patrimonial de la base imponible general.

No obstante, se pierde el derecho a las deducciones por vivienda habitual practicadas en 2013, 2014, 2015 y 2016 de modo que tal cuantía deberá incluirse en la declaración del IRPF. Aun así, si se procedió a la devolución mediante reducción del principal de la hipoteca, es decir las cantidades cobradas indebidamente por el banco se restaron del saldo pendiente del préstamo, no procederá regularización. Cabe destacar que la rebaja del capital del crédito no se deducirá como inversión en vivienda habitual.

Finalmente, será menester presentar una declaración complementaria en caso de que un afectado por una clausula suelo pretenda incluir las cantidades recuperadas en el año 2017 como gasto deducible del capital inmobiliario (alquiler) o por actividades económicas en sus declaraciones anteriores. La mencionada declaración complementaria deberá ser relativa a los ejercicios 2013, 2014, 2015 y 2016, iniciándose el plazo de presentación a partir del acuerdo o sentencia y finalizando en fecha de 30 de junio de 2017 y no resultando de aplicación sanción, interés de demora o recargo al contribuyente.

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